Es un registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Toda persona que resida en España está obligada a inscribirse en el padrón, los menores de edad no emancipados y los mayores de edad incapacitados deben figurar en el domicilio de los padres o tutores legales. El ayuntamiento podrá iniciar un expediente de baja de padrón por cualquiera de los siguientes motivos:
- Baja por caducidad de ENCSARP: Comunicación efectuada por el INE en relación con el extranjero comunitario sin autorización de residencia de larga duración
- Baja por cambio de residencia:Comunicación efectuada por el Instituto Nacional de Estadística relativa al alta en el Padrón Municipal de Habitantes en otro municipio
- Baja por defunción a instancia de parte: Comunicación con aportaciones del libro de familia o certificado de defunción